Tuesday, August 21, 2018

Falso autónomo: Lo que necesitas saber para la reclamación de tus derechos.

Una de las figuras que más está dando que hablar en los últimos tiempos es la del falso autónomo. Muchas empresas, algunas muy importantes, recurren a este tipo de trabajadores para aprovecharse de contar con mano de obra barata y con pocos derechos. Si es tu caso, te interesa conocer todo lo que debes saber para reclamar lo que es tuyo.

¿Qué es un falso autónomo?

Los falsos autónomos son aquellos trabajadores que se encuentran dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pero que prestan sus servicios como lo haría un empleado por cuenta ajena.

El nombre es apropiado porque aunque cotizan como autónomos, es una situación falsa, ya que su trabajo se sujeta a las órdenes que imponga la empresa que los tenga contratados, como si estuviera dentro del Régimen General de la Seguridad Social.

En este sentido, te recomendamos la lectura de nuestra entrada anterior: "Las diferencias entre un contrato mercantil y un contrato laboral".

Es un falso autónomo económicamente dependiente de la empresa que cuenta con sus servicios. No se puede confundir esta figura con la de los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes, TRADE, que sí es legal. Se trata de trabajadores autónomos que facturan el 75% de sus ingresos al mismo cliente. En este caso aportan la infraestructura necesaria para la producción y  los materiales para realizar el trabajo, organizan su trabajo y establecen sus horarios.

Consecuencias para el trabajador y la empresa del falso autónomo

Con esta relación laboral, el riesgo que corre la empresa es enfrentarse a todas las consecuencias legales que puede conllevar este hecho. Otras dificultades, pero menores,  como formar a un trabajador que puede en un momento dado dejar la empresa de la noche a la mañana o firmar un contrato mercantil que puede tener poco valor.

Sin embargo, ser falso autónomo tiene consecuencias para el trabajador, puesto que tiene una relación laboral muy perjudicial. En el contrato mercantil se recogen una serie de obligaciones, y un único derecho, cobrar el trabajo realizado. Generalmente ese pago no suele ser muy generoso, lo más probable es que sea similar al que recibiría cualquier otro empleado de la empresa, pero sin tener en cuenta todos los gastos de este trabajador, cuota de autónomos, IRPF, IVA… Incluso otros como un vehículo, un ordenador, la conexión a Internet...

¿Se puede evitar ser falso autónomo?

Puede que llegados a este punto te preguntes si se puede evitar ser falso autónomo. Lo cierto es que es complicado, pero se puede hacer. La primera recomendación es que intentes rechazar propuestas de este tipo, aunque sabemos que no es fácil.

Si ya estás trabajando como falso autónomo debes actuar cuanto antes. El primer paso es denunciar ante la Inspección de Trabajo tu situación, sin dejar la empresa. Cuando se acredite lo que está ocurriendo, se puede solicitar un acuerdo extrajudicial, de lo contrario, habría que presentar una demanda judicial.

 

Muchos trabajadores tienen miedo a las posibles represalias de la empresa, sin embargo, debes tener claro que la denuncia ante la Inspección de Trabajo es anónima. Es cierto que esta circunstancia será un alivio en una gran empresa, pero en otras más pequeñas, con pocos falsos autónomos, será más sencillo detectar al denunciante, no te vamos a engañar.

Puede que hayas tomado medidas, o que no lo hayas hecho. Pero el momento en el que debes actuar sin demora es si llega el despido.

¿Cómo denunciar el despido de un falso autónomo?

Tomarás conciencia total de tu casi ausencia de derechos el día que te despidan, y te vayas, como se suele decir, con lo puesto. Es el momento de actuar. A nivel jurídico se trata de un despido laboral, que se puede reclamar judicialmente.

Debes denunciar lo sucedido en un plazo de 20 días hábiles desde que se produce el despido, por medio de papeleta de conciliación. Se pedirá al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la provincia correspondiente que medie. Si en el acto de conciliación no se alcanza un acuerdo, será necesario demandar a la empresa en el Juzgado de lo Social y esperar al juicio.

Se puede solicitar una indemnización por despido improcedente, cantidades salariales según convenio no recibidas con carácter retroactivo, horas extras, vacaciones no disfrutadas ni abonadas y el resto de conceptos salariales correspondientes a tu categoría. También ser readmitido como trabajador por cuenta ajena.

El siguiente post Falso autónomo: Lo que necesitas saber para la reclamación de tus derechos. es cortesía de Luis

No comments:

Post a Comment