Wednesday, February 8, 2017

Cómo conseguir una indemnización de 8.000 Euros por estar en el registro de morosos Asnef

Aparecer en una lista de morosos, como por ejemplo Asnef-Equifax es un procedimiento relativamente sencillo. Tan sólo has de dejar impagada alguna factura, cuota, etc de un servicio contratado.
En este artículo, os queríamos contar un caso de éxito de Garón Abogados en los que solicitamos una indemnización por inclusión indebida de datos personales de un cliente, lo que le supuso una pérdida de expectativas económicas de una operación bancaria que quiso realizar, sin éxito, por aparecer en éste tipo de ficheros. Lo más sorprendente fue que la deuda era inexistente, pero apareció durante meses en dichos registros.
Si te han incluido en el Asnef- Equifax, este artículo te va a interesar mucho.

¿Cómo saber si soy moroso o si estoy en una lista de morosidad?

Para responder a ésta pregunta, básicamente, encontramos dos soluciones:
1.- Que hayas podido pedir información o hayas hecho la consulta en algún registro de morosos.
2.- Que hayas podido solicitar la contratación de un producto “X”, por ejemplo, a la hora de conceder un crédito y, previo un estudio de riesgo, nos llevemos la sorpresa de que estamos incluidos en algún fichero de morosos, como por ejemplo Asnef.
Quizá en foros de internet o en el mismo buscador de Google puedas encontrarte comentarios personales relacionados con ésta inclusión. No obstante, te damos enlace a la web de Asnef Equifax para que puedas hacer la consulta y seguir los pasos para saber si estás incluido en el fichero.

Me han incluido en el Asnef, ¿cómo salir del registro de morosos?

Intentando resumir todo lo que sería el procedimiento, la manera más rápida, sin duda, es la de la conformidad, que supone liquidar y saldar la deuda existente con la entidad que facilitó tus datos al fichero de morosos.
Otra de las opciones, y que vienen al caso en cuestión, es la de solicitar junto con la indemnización de daños morales y patrimoniales que sean oportunos, la cancelación de cualquier dato de carácter personal que pueda aparecer en dicho archivo.

Si he sido injustamente incluído en un fichero de morosos (ASNEF-EQUIFAX), ¿cómo puedo pedir indemnización?

La legislación establece a estos efectos, los requisitos que hacen posible la inclusión de los datos en mencionados ficheros de solvencia económica, destacando el siguiente:

Fuente: Noticias Jurídicas:
Artículo 38 Requisitos para la inclusión de los datos:
1. Sólo será posible la inclusión en estos ficheros de datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica del afectado, siempre que concurran los siguientes requisitos:
 a) Existencia previa de una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada y respecto de la cual no se haya entablado reclamación judicial, arbitral o administrativa, o tratándose de servicios financieros, no se haya planteado una reclamación en los términos previstos en el Reglamento de los Comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros, aprobado por Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero.

En aquellos casos que no exista una deuda en los términos expuestos, podríamos estar hablando que se ha vulnerado tu Derecho al Honor, Intimidad Personal y Familiar y a la Propia imagen, resultado de una intromisión ilegitima, lo que te posiciona como víctima como consecuencia de haber procedido a la inclusión de tus datos personales en cualquier registro de morosos.

Es importante que sea una deuda inexistente y que no haya habido requerimiento de pago y anuncio previo.

En este extremo ha habido casos muy variados, pero a nuestros abogados expertos en derecho civil les interesa centrarse en la cuantía de la reclamación.
Aunque no son incompatibles y que deben de poder probarse para que puedan concederse, habría que establecer las diferencias entre daños morales y daños patrimoniales, y que intentaremos aclarar a lo largo del texto.
Para hacer un cálculo de los daños morales tendremos que prestar atención a:
• Las circunstancias del caso.
• A la gravedad de la lesión que han podido producirte.
• Al grado de difusión.
• Al beneficio obtenido en el caso.

Queremos llamar la atención, en que para saber qué indemnización pedir por estar en un registro de morosos, por ejemplo, Asnef-Equifax, no es determinante el importe de la deuda, por muy reducido que sea (podemos estar hablando incluso de cuantías inferiores a 100 euros), sino la difusión de tu nombre y las veces que ha sido consultado por empresas en dichos registros o listas, así como el tiempo que han permanecido tus datos sin cancelar o modificar.

Si hubiese difusión y tal divulgación hubiera tenido consecuencias económicas, concurriría tanto la indemnización del daño moral como la derivada del daño patrimonial.

Los daños patrimoniales podemos decir que son los daños y perjuicios económicos que has sufrido. Estos daños sí que has de acreditarlos, y el mejor medio es por factura.

¿Necesito abogado y procurador para salir de Asnef y comenzar una reclamación?

No estamos en un caso por razón de material haga obligatoria la contratación de abogado y procurador, pero lo normal es que las indemnizaciones que piden los abogados superen los 2.000 euros en concepto de daños morales, por lo que necesariamente tendrás que contar con los servicios de estos profesionales.
Por la experiencia en este tipo de asuntos jurídicos, y siempre que las circunstancias lo requieran, son procedimientos donde es frecuente negociar y llegar a acuerdos con los compañeros que defienden a este tipo de compañías.
Siempre hay que valorar los riesgos y sobre todo, la reducción de tiempos para poder resolver un expediente jurídico, si tenemos en cuenta que nos podemos ir a varios meses para resolver este asunto.

Caso de Éxito e indemnización

Un cliente de Garón Abogados encargó nuestros servicios tras comprobar que de manera injusta, su nombre aparecía en el registro de morosos (Asnef-Equifax), por una deuda asociada a su nombre de manera inexistente.
Al comprobar cómo habían sucedido los hechos vimos que su nombre estaba asociado a una operación por un préstamo personal al consumo, conocidos como “préstamos rápidos”, que nunca había celebrado con una determinada compañía.
Nuestro cliente, quién desconocía de ésta inclusión, pudo tener conocimiento cuando fue a solicitar un préstamo para su actividad profesional, el cual, fue denegado por aparecer sus datos personales en los ficheros.
Hizo una consulta al Asnef para verificar dicha situación y, al cabo de los días tuvo respuesta confirmando dichos extremos.

Bien por error material/ personal, bien por un posible delito de usurpación de la personalidad, lo cierto es que nuestro cliente perdió una oportunidad de obtener liquidez inmediata que era imprescindible para realizar una determinada operación, y que sus expectativas se vieron mermadas por estos hechos, lo que motivó, entre otros extremos, a que pidiésemos la cancelación inmediata de sus datos y la correspondiente indemnización de daños morales por importe de 8.000 euros.

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