Tuesday, February 19, 2019

Devolución de la Plusvalía Municipal por Sentencia Favorable en Madrid

Tal y como adelantamos hace una semana en la entrada del artículo Cuestiones básicas para reclamar la plusvalía municipal", os traemos algunas cuestiones que debes de conocer si quieres reclamar por vía judicial la devolución del pago del impuesto.

Desgranamos una reciente sentencia favorable ante los Juzgados Contencioso Administrativo de Madrid por parte de nuestros abogados especialistas en derecho administrativo.

¿Cómo se puede reclamar la plusvalía municipal en Madrid por vía judicial?

Las acciones para reclamar la plusvalía municipal, tanto en vía administrativa como por la vía contencioso-administrativa es solicitando la nulidad de la actuación administrativa relacionada con el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, así como la devolución de las cantidades ingresadas e intereses que se hayan podido devengar.

El hecho que motiva la reclamación para no pagar la plusvalía nace en que no ha existido incremento de valor con la transmisión.

Incremento es cantidad que aumenta, por lo tanto, si disminuye no habría que pagar el Impuesto de Plusvalía Municipal.

¿Cuándo hay que pagar plusvalía municipal?

Los supuestos en los que se necesita pagar plusvalía vienen recogidos en el artículo 104 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, considerando que hay que liquidar este Impuesto, en los siguientes casos:

  • Transmisión de la propiedad, o de constitución o transmisión de un derecho real, inter vivos o mortis causa.
  • Existencia de un terreno de naturaleza urbana objeto de transmisión.
  • Existencia de incremento de valor.

¿Qué documentos necesito para reclamar la plusvalía municipal y cuál es el medio de prueba que se ha de considerar suficiente para acreditar que no ha existido incremento patrimonial?

La prueba indiciaria.- Podríamos decir que este medio de prueba es el que se fundamenta en lo dispuesto por las Escrituras Públicas que han sido otorgadas ante Notario, y como dice la Sentencia, se considerará suficiente para acreditar la depreciación de valor, correspondiendo a la Administración Tributaria, en vía de gestión o de inspección tributaria, acreditar que el valor escriturado (de adquisición o enajenación), no se considera acorde al valor real de adquisición o enajenación a efectos del Impuesto.

Corresponderá al Ayuntamiento acreditar en vía de gestión o inspección que esa declaración no es correcta.

Importante recordar que, corresponde al cliente (al obligado tributario) probar que el valor de la transmisión del bien no ha sufrido incremento alguno, por lo que podrá valerse de cualquier medio de prueba, al menos indiciario.

 

Algunos de los documentos que necesitas para reclamar la plusvalía municipal se pueden presentar son:

Te recomendamos que prepares la siguiente documentación, para probar los hechos, destacando son los siguientes:

  • Escrituras Públicas.
  • Informe pericial respecto de la valoración del inmueble.
  • Datos que hayan sido consignados en autoliquidaciones.
  • Comunicaciones y otros documentos que hayan sido presentados por los obligados tributarios.

Confiamos que esta información te pueda resultar útil si estás pensando la posibilidad de reclamar la plusvalía municipal.

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Devolución de la Plusvalía Municipal por Sentencia Favorable en Madrid es republicado desde Garón Abogados Blog

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